EL QUE TIENE "BOCA", SE EQUIVOCA. (Un violador pederasta en libertad)

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Ya no sé si la Justicia es ciega o es que pilla unos ciegos que solo ve lo que le interesa.
Triste, muy triste. Ante estos vuelcos de la Justicia, si ahora y antes la podíamos llamar así, el único consuelo que nos queda para paliar nuestra mala leche es ceñirnos a lo poquito que no nos han prohibido los gobernantes todavía. A tener rabia, a estar rabiosos. Con la sensación de estar enjaulados en una espiral sin fin, a mordernos los puños ante tanta capullada y a sentirnos impotentes ante todas las adversidades que parece que eso les gusta a gobernantes, empresarios y banqueros. La Iglesia, no. Ella toma nota para sus ideologias y nos habla de mortificación. Les va la marcha hacer de las penas y sufrimientos ajenos su bandera. Hay que mortificarse, hermano. Dios que todo lo ve, proveerá. Hay que joderse, hermano. Dios sigue de vacaciones y tiene apagado el teléfono. Todavía no sabemos cuándo golpeará la justicia divina encima de los desalmados y delincuentes. Probablemente en el Juicio Final, dicen ellos, donde la Divinidad separará justos de pecadores. Pero eso queda a muchos lustros de distancia. Nos pilla demasiado lejos cuando las órdenes de alejamiento quedan demasiado cerca. No veremos caer el mazo en la cabeza de los culpables en esta vida. En este mundo parece que no. Y en la otra nadie ha mandado una postal diciéndonos que la Justicia se lleva a rajatabla. De eso sabemos lo que han querido que sepamos cuatro iluminados de luto. Más mentiras al cajón.

LOS HECHOS, LA PEQUEÑA VÍCTIMA Y EL BOCAZAS.

José Franco de la Cruz, alias El Boca, que fue condenado a 44 años de prisión por la violación y asesinato de Ana María Jerez Cano en 1991, cuando contaba sólo con 9 años de edad saldrá libre este mismo martes 3 de Abril de 2012, por la aplicación de los beneficios penitenciarios con arreglo al Código Penal de 1973 (vigente cuando ocurrieron los hechos). La madre de la víctima, Adoración Cano, interpuso un recurso para que el juez aplique los beneficios penitenciarios sobre el total de la condena y no sobre los 30 años de máximo que establece el Código Penal (Doctrina Parot)pero, para variar, la Audiencia ha desestimado el recurso, por lo que El Boca sólo cumplirá 21 de los 44 años de pena. No se pudrirá en la carcel.

Ya en Huelva en febrero de 1991- condujo a la policía hasta las proximidades del sitio en la marisma onubense donde fue hallado enterrado el cuerpo sin vida de la pequeña Ana María Jerez Cano. José Franco de la Cruz, El Boca, quien ofreció voluntariamente su colaboración, exigió entonces a la policía para seguir en las tareas de búsqueda que el juez le garantizase que "no sería involucrado en el caso",. De la sangre fría de este violador sicópata, figura en los informes que: "la vio a través del ventanal de un bar y fue a por ella. Su sobrina era compañera de colegio y la engañó diciéndole que la llevaría a su encuentro". El cadáver apareció 69 días después en las marismas de la ría del Tinto entre ramajes, completamente desnudo y masacrado. El Boca se limitó a decir en su defensa que había pillado una borrachera descomunal ese día, que el no había sido y que no se acordaba de nada. Un año antes había intentado violar a la otra hija de Adoración, pero un vecino impidió que se la llevase amenazándole con el gato del coche. El miedo frenó la denuncia. Incluso siseaba y piropeaba por la calle a la propia Adoración Cano llamándola morena guapa)A la niña le provocó 38 lesiones, le destrozó la cabeza a golpes y la violó por el ano.
puede dar idea lo calculador y cínico que es este personaje, El Boca, muy interesado desde el primer momento en la marcha de las investigaciones, que ofreció su ayuda, con bastante éxito, en las pesquisas. Sabía de qué estaba hablando. El sábado 20 de abril llevó al inspector Olivares, encargado de la investigación, hasta unos 100 metros del lugar donde fue encontrado el cuerpo sin vida de la pequeña seis días después, en una zona de marisma.

Como detalle de aquellas fechas y como resolución de sentencia, SIEMPRE PARA QUE SE VEA COMO FLAQUEA LA JUSTICIA, la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva condenó a 44 años de cárcel a José Franco de la Cruz, alias El Boca, por la violación y el asesinato de la niña, conteniendo un fundamento de Derecho, nuevo hasta ese momento, para que el procesado "cumpla íntegramente la pena". La sentencia establecía expresamente que los beneficios de libertad condicional y las posibles reducciones de pena por trabajos en la prisión, a los que pueden acogerse los reclusos, se restasen a los 44 años de condena que le fue impuesta, y no sobre el límite de 30 años.


La sentencia contra El Boca se leyó públicamente a la una de la tarde del miércoles 27 de Enero de 1993. En esos momentos, lejos del palacio de Justicia onubense, en Alcàsser (Valencia), eran hallados los cadáveres de las jóvenes Mirian García, Desirée Hernández y Antonia Gómez, después de más de dos meses de búsqueda

Entre otras el clamor popular no se hizo esperar (parezco un noticiero de "El Caso", Josús, Josús...me lo disculpen). Unas 2.000 personas rodearon a la 1.30 de la madrugada el Palacio de Justicia de Huelva, entre gritos de "cárcel, no; muerte, sí" y "de aquí, al cementerio". La policía tuvo que cargar en varias ocasiones contra la muchedumbre. Algunos de los concentrados increpaban a los agentes: "Dejadnos, simplemente queremos matarlo".

Una vez en la prisión de Sevilla-2 donde fue trasladado desde la de Huelva porque en ésta no se podía garantizar su integridad, y ahí con los violadores no hay miramientos y si es pedofília, menos, a José Franco le fue aplicado, a petición propia, el artículo 32 del reglamento penitenciario, que prevé el aislamiento voluntario del recluso, un "refugiado" como les llaman los presos en su argot. En casos como el de José Franco de la Cruz o en el de violadores, el "código de honor de los delincuentes ingresados en prisión es muy peligroso, y, si no se adoptan estas medidas de aislamiento y protección, suelen producirse altercados e incluso agresiones contra el recluso".
Insistiendo en lo mismo, la aplicación de los beneficios penitenciarios con arreglo al Código Penal de 1973 (vigente cuando ocurrieron los hechos, recalco, antes del fallecimiento del enano de voz de pito) ha desembocado en que El Boca pueda salir este martes de la cárcel de Morón de la Frontera (Sevilla).
No se ha logrado que purgue la pena entera como en su día, el de la condena, prometiera y recalcara José Barrionuevo. La Audiencia ha desestimado el recurso, por lo que El Boca sólo cumplirá 21 de los 44 años de pena por ABUSAR, VIOLAR Y MATAR A UNA NIÑA DE 9 AÑOS. ¿Entonces? Los leguleyos se han pasado la manida doctrina Parrot por su arco de triunfo, con derecho a que se la sude el dolor ajeno. No está claro que sonrían pragmáticamente. Eso no está bien visto entre gente de bien.

"Esto demuestra la falta de sensibilidad y respeto hacia las víctimas y el poco compromiso que hay por parte de quienes tienen el poder de que esto cambie", sentenció Adoración Cano. La madre de la menor asesinada también lamentó que “prevalezca el derecho de los asesinos por encima de la seguridad, la libertad y el derecho a la vida de las víctimas” y anunció que recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial. (Efe).

No somos quienes para tomarnos la justicia por nuestra mano, pero ¿quién no ha pensado como un lector que en Público.es opinaba: "Si hubiera sido mi hija la victima, estaría muy contento de que este elemento saliera de la cárcel. Ya me ocuparía yo de hacer justicia. Lo que pasara después no me importaría." Claro que otro responde a este párrafo y dice: "yo te entiendo perfectamente, pero a) no es tu hija, y b) lo que tú reclamas es venganza, no justicia".

Yo de leyes entiendo lo justo, para andar por casa, eso es cometido para amigos como EDEL. Pero entiendo cuando hay una injusticia manifiesta que se salta a la torera lo evidente, amparándose, ocultándose y ciñéndose a los recovecos, vacíos legales y faltas de los códigos archivados en cientos, miles, millones de legajos con tal de llevarse EL GATO AL AGUA. Y esto se parece cada día más a Interfachonomía, (con la bendición del Opus, del Rouco y hasta de ss.ss.. O las S.S., me da que me da lo mismo).

Y hay una ignominia más. El Boca no pagó jamas los 15 millones de indemnización civil pese a que hace poco recibió una suculenta herencia.



DOCTRINA PAROT (DESDE WIKI)

La doctrina Parot ( La doctrina Parot (STC 196/2006 y posteriores) interpretan el articulo 76 a 78 del Codigo Penal de 1995) es el nombre habitual con el que se conoce la sentencia del Tribunal Supremo de España del 28 de febrero de 2006 (resolución a un recurso presentado por Henri Parot, miembro de la organización terrorista ETA) por la cual la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios,...) se aplica respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión, que, según el Código Penal de 1973, es de 30 años. Esta doctrina fue modificada en 2008 por el Tribunal Constitucional de España en la conocida como doctrina del doble cómputo penal.

MIÉNTEME, PINOCHO.

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